Hace unos días llegó a mis manos copia del pedido de un ciudadano, quien solicita se le contrate en la Municipalidad de Pacanga; y en un acto contrario a la normas vigentes de ingreso al empleo en entidades públicas, el Alcalde Santos Apolinar Cerna Quispe, con un simple proveído, dispuso que se contrate al solicitante, por S/. 750.00; a la fecha este trabajador tiene el cargo de Jefe de Logística.
Este hecho no es aislado, forma parte de un estilo de gestión al margen de la ley, que practica el Alcalde de Pacanga. Este columnista tuvo acceso a diversos documentos que tiene que ver con el personal, y encontramos una serie de irregularidades cometidas por esta autoridad, desde el año 2007.
1. Al 31 de diciembre del 2006, último día de gestión como alcalde del Prof. Ernesto Flores Vásquez, la Municipalidad de Pacanga tenía 24 trabajadores. Por aquellos años, la entidad ejecutaba obras por administración directa.
2. En noviembre del año 2011, la Municipalidad de Pacanga tiene 75 trabajadores; el Alcalde de Pacanga, ha triplicado el número de trabajadores; de los cuales 51 habrían ingresado de manera irregular, burlando los dispositivos legales sobre ingreso de personal, siendo su responsabilidad. No está demás recordar que con el Alcalde Santos Cerna, todas las obras son por contrata (e incluso se exonera de licitación pública, como los alcantarillados de la villa de Pacanga y el C.P. San José de Moro.
¿Qué dicen las normas sobre contratos de personal en las entidades públicas? La Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece: “Art. 5º: El acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto; Art. 6º: Para la convocatoria del proceso de selección se requiere: a) Existencia de un puesto de trabajo presupuestado en el Cuadro de Asignación de Personal- CAP y en el Presupuesto Analítico de Personal-PAP; art. 9º: Es nulo de pleno derecho el acto administrativo que las contravenga, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales de quien lo promueva, ordena o permita.”El D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, en su art. 12º señala que “Son requisitos para el ingreso a la Carrera Administrativa: d) Presentarse y ser aprobado en el concurso de admisión”, su art. 13º indica que “las vacantes se establecen en el presupuesto de cada entidad.” Así mismo, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en su art. 9º, inciso 32, señala que son atribuciones del Concejo Municipal "Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo".
Este hecho no es aislado, forma parte de un estilo de gestión al margen de la ley, que practica el Alcalde de Pacanga. Este columnista tuvo acceso a diversos documentos que tiene que ver con el personal, y encontramos una serie de irregularidades cometidas por esta autoridad, desde el año 2007.
1. Al 31 de diciembre del 2006, último día de gestión como alcalde del Prof. Ernesto Flores Vásquez, la Municipalidad de Pacanga tenía 24 trabajadores. Por aquellos años, la entidad ejecutaba obras por administración directa.
2. En noviembre del año 2011, la Municipalidad de Pacanga tiene 75 trabajadores; el Alcalde de Pacanga, ha triplicado el número de trabajadores; de los cuales 51 habrían ingresado de manera irregular, burlando los dispositivos legales sobre ingreso de personal, siendo su responsabilidad. No está demás recordar que con el Alcalde Santos Cerna, todas las obras son por contrata (e incluso se exonera de licitación pública, como los alcantarillados de la villa de Pacanga y el C.P. San José de Moro.
¿Qué dicen las normas sobre contratos de personal en las entidades públicas? La Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece: “Art. 5º: El acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto; Art. 6º: Para la convocatoria del proceso de selección se requiere: a) Existencia de un puesto de trabajo presupuestado en el Cuadro de Asignación de Personal- CAP y en el Presupuesto Analítico de Personal-PAP; art. 9º: Es nulo de pleno derecho el acto administrativo que las contravenga, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales de quien lo promueva, ordena o permita.”El D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, en su art. 12º señala que “Son requisitos para el ingreso a la Carrera Administrativa: d) Presentarse y ser aprobado en el concurso de admisión”, su art. 13º indica que “las vacantes se establecen en el presupuesto de cada entidad.” Así mismo, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en su art. 9º, inciso 32, señala que son atribuciones del Concejo Municipal "Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo".
Es decir, el ingreso del personal a la Municipalidad de Pacanga debió ser por concurso público, en las plazas previstas en el CAP y con el debido presupuesto (PAP). En sus decisiones de contratos de personal, el Alcalde Santos Cerna ha pasado por encima del Concejo Municipal, de la Gerencia Municipal, del administrador y del área de personal de la institución municipal.
En Pacanga, el CAP del año 2005 está vigente; fue aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 0012.2005.MDP de fecha 24.05.2005, siendo alcalde el Prof. Ernesto Flores Vásquez. Este CAP contiene 30 cargos o plazas clasificadas dentro de las unidades orgánicas. Desde entonces, no existe ningún CAP actualizado, pese a que el año 2008 la Municipalidad aprobó un nuevo Reglamento de Organización y Funciones-ROF y un nuevo Manual de Organización y Funciones- MOF; este MOF describe las funciones de… 52 cargos, sin tener aprobado un nuevo CAP, que corresponda al nuevo ROF del 2008
En el colmo de su actitud infractora de la ley, el mes de noviembre del 2011, el Alcalde Santos Cerna pretendió que el Concejo Municipal le apruebe un nuevo ROF y un nuevo MOF. En su proyecto de MOF describe las funciones de ... 75 cargos, que coincide con el número actual de trabajadores que tiene la Municipalidad; la totalidad de contratados ingresaron durante su gestión.
Las evidencias muestran que el alcalde Santos Cerna Quispe jamás hizo concurso público para contratos de personal, no tiene un CAP aprobado que considere 75 cargos y no tiene un PAP que tenga previsto el presupuesto para esos cargos. Infracciones a las normas legales más que evidentes. Pasamos el dato a los miembros del Concejo Municipal, la ciudadanía de Pacanga y a los órganos de control pertinentes.
(Dante Molina P.)
(Dante Molina P.)
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